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Ley de Alivio Fiscal de Emergencia para Víctimas del Huracán Katrina de 2005 (KETRA) y la Ley de la Zona de Oportunidad del Golfo de 2005
Ni State Farm ® ni sus agentes brindan asesoría legal o impositiva. Consulte con su propio asesor para obtener asesoramiento legal o sobre impuestos en lo que concierne a su situación particular con respecto a la distribución.
Retiros con impuestos aplazados
La Ley de Alivio Fiscal de Emergencia para Víctimas del Huracán Katrina de2005 (KETRA) y la Ley de la Zona de Oportunidad del Golfo de 2005 estipulan que la sanción fiscal del 10 por ciento sobre las distribuciones anteriores no se aplicará a las distribuciones calificadas por motivos del huracán. En general, las "distribuciones calificadas por motivos del huracán" son distribuciones efectuadas desde una cuenta IRA tradicional, IRA Roth, SEP IRA, IRA SIMPLE, 401(k), 403(b) o plan/cuenta de Participación en Beneficios:
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el 25 de agosto de 2005 o a posteriori y antes del 1 de enero de 2007 a una persona cuyo lugar principal de residencia el día 28 de agosto de 2005 se encontraba en la zona del desastre azotada por el huracán Katrina y quien ha sufrido una pérdida económica como consecuencia del paso de dicho huracán.
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el 23de septiembre de 2005 o a posteriori y antes del 1 de enero de 2007 a una persona cuyo lugar principal de residencia el día 23 de septiembre de 2005 se encontraba en la zona del desastre azotada por el huracán Rita y quien ha sufrido una pérdida económica como consecuencia del paso de dicho huracán.
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el 23 de octubre de 2005 o a posteriori y antes del 1 de enero de2007 a una persona cuyo lugar principal de residencia el día 23de octubre de 2005 se encontraba en la zona del desastre azotada por el huracán Wilma y quien ha sufrido una pérdida económica como consecuencia del paso de dicho huracán.
Nota: Los estados considerados como zonas del desastre a los efectos de estas leyes son los siguientes:
- Huracán Katrina - Louisiana, Mississippi, Alabama y Florida.
- Huracán Rita - Texas y Louisiana
- Huracán Wilma - Florida
Las distribuciones exentas de sanciones de acuerdo con estas disposiciones se limitan a $100,000 por persona. Cualquier distribución calificada por motivos del huracán debe ser incluida en los ingresos íntegros ya que el año fiscal de la distribución puede extenderse a un período fiscal de tres años. Los montos están exentos de las reglas de retención tributaria obligatoria.
Recontribuciones
Una persona que recibe una distribución calificada por motivos de un huracán (como se expresó anteriormente) puede recontribuir el monto desembolsado en un plan de jubilación elegible en cualquier momento dentro del período de tres años luego de la fecha que se efectuó la distribución.
Además, aquellas personas que tomaron distribuciones por dificultades financieras de sus planes 401(k) o disposiciones 403(b) y aquellos quienes tomaron distribuciones de sus cuentas IRA con la intención de comprar o construir una vivienda principal en la zona del desastre azotada a sea por el huracán Katrina, el Rita o el Wilma, pueden recontribuir el monto desembolsado en un plan de jubilación elegible si es que la vivienda no ha sido comprada ni construída como consecuencia de los huracanes Katrina, Rita o Wilma.
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Las distribuciones por motivos del huracán Katrina deben haberse recibido después del 28 de febrero de 2005 y antes del 29 de agosto de 2005. La recontribución debe realizarse durante el período que comienza el 25 de agosto de 2005 y concluye el 28de febrero de 2006.
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Las distribuciones por motivos de huracán Rita deben haberse realizado después del 28 de febrero de 2005 y antes del 24 de septiembre de 2005. La recontribución debe realizarse durante el período que comienza el 23 de septiembre de 2005 y concluye el 28 de febrero de 2006.
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Las distribuciones por motivos de huracán Wilma deben haberse realizado después del 28 de febrero de 2005 y antes del 24 de octubre de 2005. La recontribución debe realizarse durante el período que comienza el 23 de octubre de 2005 y concluye el 28 de febrero de 2006.
Las partes recontribuidas de las distribuciones del huracán son excluibles del ingreso. Los contribuyentes pueden enmendar declaraciones de impuestos anteriores para reclamar un reembolso del impuesto sobre los ingresos atribuibles a montos previamente incluidos en el ingreso y luego recontribuido.
Nota: Cuando se presentan las recontribuciones a State Farm ®, usted debe indicar claramente por escrito el monto a ser tratado como recontribución (renovación) de una distribución del huracán Katrina, del huracán Rita o del huracán Wilma. No se permite recontribuir las distribuciones mínimas requeridas (RMD, por sus siglas en inglés) y ciertos pagos periódicos (como lo define el IRS).
Préstamos de planes calificados
Los límites sobre los préstamos del plan aumentan desde los $50,000 a los $100,000 (se limita al 100 por ciento del saldo de la cuenta con derecho irrevocable individual) para aquellos cuyo lugar principal de residencia:
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el 28 de agosto de 2005 se encontraba en la zona del desastre azotada por el huracán Katrina y quienes han sufrido una pérdida económica como consecuencia del huracán Katrina. El préstamo del plan debe ser recibido durante el período que comienza el 24 de septiembre de 2005 y concluye el 31 de diciembre de 2006. El reintegro de los préstamos de plan pendiente del 25 de septiembre de 2005 o a posteriori o después del 25 de agosto de 2005 puede ser demorado por un año en caso de que la fecha de vencimiento tenga lugar durante el período que comienza el 31 de agosto de 2006 y concluye el {[#]} de diciembre de {[#]}.
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el 23 de septiembre de 2005 se encontraba en la zona del desastre azotada por el huracán Rita y quienes han sufrido una pérdida económica como consecuencia del huracán Rita. El préstamo del plan debe ser recibido durante el período que comienza el 21 de diciembre de 2005 y concluye el 31 de diciembre de 2006. El reintegro de los préstamos de plan pendiente del 23 de septiembre de 2005 o a posteriori o después del 23 de septiembre de 2005 puede ser demorado por un año en caso de que la fecha de vencimiento tenga lugar durante el período que comienza el 31 de septiembre de 2006 y concluye el {[#]} de diciembre de {[#]}.
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el 23 de octubre de 2005 se encontraba en la zona del desastre azotada por el huracán Wilma y quienes han sufrido una pérdida económica como consecuencia del huracán Wilma. El préstamo del plan debe ser recibido durante el período que comienza el 21 de diciembre de 2005 y concluye el 31 de diciembre de 2006. El reintegro de los préstamos de plan pendiente del 23 de septiembre de 2005 o a posteriori o después del 23 de octubre de 2005 puede ser demorado por un año en caso de que la fecha de vencimiento tenga lugar durante el período que comienza el 31 de octubre de 2006 y concluye el {[#]} de diciembre de {[#]}.